MODIFICACIÓN AL CÓDIGO PROCESAL PENAL PARA QUE ROBOS Y ATRACOS SE PERSIGAN SIN QUERELLAS

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en primera lectura una modificación al artículo 31 del Código Procesal Penal para que el robo sin violencia y sin uso de armas y los atracos puedan ser perseguidos por el Ministerio Público sin la necesidad de que las víctimas formalicen una querella.

La iniciativa es una propuesta del presidente del Senado, Eduardo Estrella, y ya fue autorizada en dos lecturas en la Cámara Alta. La modificación busca suprimir el ilícito de robo sin violencia como hecho punible para que así sea perseguida de oficio por el Ministerio Público.

En ese sentido, la ley establece que los fiscales podrán perseguir y procesar a quienes cometan robos menores o raterismo sin que la víctima interponga una querella, lo que facilitará la persecución contra las personas reincidentes en robos.

En uno de sus argumentos, la pieza refiere que interponer una querella “muchas veces” supone un obstáculo para perseguir el delito del robo ya que la víctima se ausenta o desiste de la querella en una etapa temprana del proceso.

Antes de ser autorizada, el diputado Pedro Botello, miembro de la comisión de justicia, explicó que actualmente existen pocas denuncias de atracos y robos, por lo que la justicia “se ve sin garras” para perseguir “a los delincuenticos.”

Asimismo, el diputado Eugenio Cedeño, también miembro de la comisión, pidió que el proyecto contemple límites para la prisión preventiva por el abultamiento del sistema carcelario en el país ya que, como dijo, si el proyecto se aprueba el Ministerio Público estaría pidiendo arresto para todos los apresados.

El proyecto considera que la persecución eficaz y la aplicación de la sanción correspondiente “son de alto interés público”, por lo cual resulta útil encuadrar el robo en el régimen de persecución de oficio.

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